El Butlletí Oficial de l'Estat (BOE) de data 9 de maig de 2023, ha publicat una modificació de l'Obri Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) . Después de varios años desde la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (
Ello se debe, en primer lugar, a la corrección de errores del RGPD publicada el pasado marzo en el Diario Oficial de la Unión Europea, de la que se desprende que no se debe considerar el apercibimiento como una sanción, tal y como se consideraba en el ordenamiento jurídico español. Dicha corrección requiere, dada la aplicación directa del
En segundo lugar, el incremento y la mayor complejidad de los asuntos abordados por la Agencia en los procedimientos sancionadores muestra la necesidad de ampliar alguns dels terminis per a resoldre. Esta complejidad se ha visto acentuada además por la instauración por parte del
A continuació, s'arrepleguen algunes de les modificacions més rellevants de la Llei:
- La creació de el procediment de prevenció com un procediment específic, més flexible i ràpid, amb una durada màxima de sis mesos, que va a permetre agilitzar la resposta a les reclamacions presentades pels ciutadans.
- La forma de realitzar les actuacions d'investigació a través de sistemes digitals, per a regular l'opció de realitzar no solament investigacions presencials sinó també remotes.
- La posibilidad de establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la Agencia en todos los ámbitos en los que tenga competencia, que serán de uso obligatorio para los interesados independientemente de que estén obligados o no a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Estos modelos serán publicados en el BOE y en la Sede electrónica de la AEPD, serán de obligado cumplimiento al mes de su publicación y facilitarán y simplificarán la presentación de reclamaciones.
La modificació completa pot consultar-se en este enllaç .