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Fin de la comunicación en papel al RCP el 1 de febrero de 2020

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21 mayo 2018

Además, se adelanta la próxima publicación en BOE de una resolución que modifica todos los documentos registrales para adaptarlos al nuevo formato del tipo de relación de servicios.

Se establece el 1 de febrero de 2020 como fecha límite definitiva para la comunicación en papel de actos administrativos y de gestión de personal al Registro Central de Personal (RCP). A partir de esa fecha, la relación con el RCP será exclusivamente electrónica sin ninguna excepción.

Paralelamente, se informa que próximamente se publicará en el Boletín Oficial del Estado una nueva resolución que modifica todos los documentos registrales, para adaptarlos al nuevo formato del tipo de relación de servicios, que pasará de tener una a dos posiciones. Los nuevos documentos registrales se publicarán en el Portal Funciona y en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

La Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y las aplicaciones vinculadas al Sistema de Información del RCP se adaptarán de manera inmediata; no obstante, con objeto de posibilitar la adaptación de las distintas aplicaciones informáticas de personal a los nuevos formatos, se establecen unos periodos transitorios.

Para más información, puede consultar el documento publicado en el área de descargas de la solución Anota RCP .

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