El Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (disponible traducción al inglés del RD 1112/2018 ), aprobado a propuesta de los entonces Ministerios de Política Territorial y Función Pública, Economía y Empresa, Sanidad, Consumo y Bienestar Social, traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público .
(English Version) Royal Decree 1112/2018 , on the accessibility of websites and mobile applications in the public sector (PDF)
Este Real Decreto cubre todos los sitios web y aplicaciones móviles del sector público, desde aquellos pertenecientes a las administraciones, tribunales y servicios de policía a los de los hospitales, universidades y bibliotecas públicas, haciendo que sean accesibles a todos los ciudadanos, especialmente a aquellos con dificultades auditivas, visuales o funcionales.
De esta forma, el nuevo Real Decreto sustituye y mejora las condiciones que ya se venían exigiendo a los portales de las Administraciones Públicas desde la entrada en vigor el 31 de diciembre de 2008 del Real Decreto 1494/2007 .
Los cambios más significativos que se introducen son los siguientes:
- La equiparación de los requisitos de accesibilidad españoles al estándar armonizado europeo basado en la norma EN 301 549 “Requisitos de accesibilidad de productos y servicios TIC aplicables a la contratación pública en Europa” y que a su vez se enlaza con las WCAG 2.1 .
- La inclusión de las aplicaciones móviles desarrolladas por las Administraciones Públicas que deberán ser accesibles antes del 23 de junio de 2021.
- La inclusión de intranets o extranets nuevas o que se renueven sustancialmente a partir del 23 de septiembre de 2019.
- En cada portal y aplicación móvil deberá existir una declaración de accesibilidad, según el modelo establecido a nivel europeo ( Decisión de Ejecución (UE) 2018/1523 de la Comisión por la que se establece un modelo de declaración de accesibilidad de conformidad con la Directiva (UE) 2016/2102 .
- Se establece un mecanismo de comunicación sobre requisitos de accesibilidad para que los usuarios puedan comunicar al organismo del sector público cualquier posible incumplimiento de los requisitos de accesibilidad establecidos, transmitir dificultades de acceso al contenido y formular sugerencias de mejoras relativas a la accesibilidad.
- Se establece un mecanismo de comunicación que permite solicitar a las personas interesadas la información sobre contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación de este Real Decreto o exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad, así como la presentación de quejas relativas al cumplimiento de los requisitos de accesibilidad.
- Además existirá un mecanismo de reclamación a disposición de todas las personas interesadas.
- Recoge las previsiones para realizar un seguimiento periódico de la implantación del Real Decreto mediante gestión descentralizada. Para ello, cada entidad obligada determinará la "unidad responsable de accesibilidad" que será la encargada de coordinar y hacer efectivas las previsiones, y actuará de canalizadora de la información hacia el organismo encargado del seguimiento y presentación de informes cuyas funciones se desarrollarán por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (competencias transferidas desde el Ministerio de Política Territorial y Función Pública).
- Se realizarán reportes públicos a la Comisión Europea cada 3 años del estado de aplicación de la Directiva (UE) 2016/2102. El primero de estos reportes se realizará antes del 23 de diciembre de 2021, y comprendrá el periodo 2020-2021.
- El seguimiento, monitorización y reporte deberá cumplir los requisitos impuestos por la Comisión Europea ( Decisión de Ejecución (UE) 2018/1524 de la Comisión por la que se establecen una metodología de seguimiento y las disposiciones para la presentación de informes por parte de los Estados miembros de conformidad con la Directiva (UE) 2016/2102 ).
- Extiende la aplicación de los requisitos de accesibilidad web a los portales que reciben financiación pública para su mantenimiento, y aquellos que proveen servicios públicos mediante algún régimen contractual con las Administraciones Públicas.
Para ayudar al cumplimiento de todas estas medidas será esencial el papel que desempeñarán las unidades responsables de accesibilidad, que serán las encargadas de garantizar el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles dentro de su ámbito competencial. Deberán velar por su cumplimiento desde todos los ámbitos de la organización, tanto técnicos como funcionales e involucrar a todos los actores necesarios: departamentos tecnológicos, responsables de edición de contenidos, responsables de publicaciones, responsables de comunicación y prensa, responsables de formación, etc.