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Foro Europeo de Confianza Digital con Terceros Países (TCTL)

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  • 12 junio 2023
  • 09:00

La Unión Europea y terceros países pueden implementar el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (ARM) de servicios de confianza bajo el Reglamento eIDAS. En este evento, varios actores clave de esta colaboración compartirán los últimos avances de las implementaciones, sus experiencias y los diferentes puntos de vista con respecto a los servicios de confianza.

Con la aplicación del Reglamento (UE) n.º 910/2014, comúnmente conocido como  Reglamento eIDAS , por parte de los Estados miembros de la UE/EEE, la Unión ha establecido un ecosistema y una gobernanza muy exitosos y vibrantes en relación con los servicios de confianza cualificados durante muchos años. Esta historia de éxito ha despertado el interés de muchos terceros países por reproducir el Sistema Europeo de Confianza. La Comisión Europea recibe continuamente solicitudes de asistencia de terceros países para alinear su sistema de confianza con el europeo, con el objetivo final de alcanzar una alineación absoluta por motivos legales y técnicos para activar el artículo 14 del Reglamento eIDAS.

El presente artículo puede utilizarse para establecer el reconocimiento mutuo de los servicios de confianza cualificados entre la Unión y cada tercer país que cumpla los criterios jurídicos y técnicos pertinentes. Esta es la razón por la que se anuncia el Programa TCTL de la Comisión Europea, un programa que define una hoja de ruta, normas técnicas y requisitos previos para proporcionar un proceso transparente y sólido que conduzca al reconocimiento mutuo en virtud del artículo 14 del Reglamento eIDAS.

La DG DIGIT, en colaboración con la DG CNECT, publicó hace unos dos años las especificaciones técnicas del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (ARM) para facilitar, desde el punto de vista técnico, la inclusión de las listas de confianza de terceros países, incluida la información sobre sus servicios de confianza nacionales, en una lista específica de listas de confianza, similar a la lista de la Unión Europea de listas de confianza (EU LOTL). . Como paso alternativo o previo al establecimiento de un reconocimiento mutuo formal a través de un acuerdo internacional, la Comisión decidió aplicar y mantener el AdES LOTL de terceros países para facilitar la validación de firmas y sellos electrónicos respaldados por certificados emitidos por proveedores de servicios de confianza establecidos en terceros países. Esta lista exhaustiva incluye toda la información pertinente necesaria para interpretar el contenido de las listas de confianza de terceros países de conformidad con los requisitos y las mejores prácticas de la UE para validar firmas y sellos electrónicos avanzados. La UE también reconoce la demanda de reconocimiento voluntario de los servicios de confianza de terceros países, en particular para el reconocimiento de firmas y sellos electrónicos en el contexto de los artículos 27 y 37 del Reglamento eIDAS. Incluir a un tercer país en los terceros países AdES LOTL puede considerarse como el trampolín hacia el reconocimiento mutuo de los servicios de confianza cualificados tras la celebración de un acuerdo internacional. Como primer tercer país incluido en esta lista, Ucrania es uno de los favoritos en este sentido. Dado el gran interés de muchos otros terceros países en el reconocimiento mutuo de los servicios de confianza con la UE, la inclusión de Ucrania en esta lista debe considerarse como el primer paso hacia la ampliación de la lista a muchos otros países.

En el marco del Programa TCTL, la Comisión Europea ha llevado a cabo una evaluación técnica de los aspectos jurídicos y técnicos de las firmas electrónicas ucranianas. Ha verificado, verificado y avalado todos los elementos de conformidad, asegurando que Ucrania cumpla con todos los requisitos para ser parte de la lista de confianza.

En el contexto de este hito, se publica nueva documentación en el eIDAS Dashboard dedicado a la sección Piloto Internacional:

  • Versión 2.2 de la especificación, uso y XSD (archivo ZIP) del elemento MRA, que permite a los usuarios de confianza comprender la sintaxis y la semántica de TC AdES LOTL.
  • Reglas de aplicabilidad de la firma que permiten a las partes que confían determinar si una firma o sello electrónico encaja en el esquema de reconocimiento establecido por TC AdES LOTL.
  • La CE presenta un informe que contiene toda la información pertinente sobre la validez del sistema en que se basa la inclusión de terceros países en esta lista.

El compromiso de la Comisión Europea de proporcionar herramientas completas y eficaces para validar firmas y sellos electrónicos es un paso significativo hacia un futuro digital más seguro, global y sin fisuras.

Para obtener más información sobre las medidas adoptadas por la Comisión Europea para avanzar hacia la alineación de los servicios de confianza con terceros países, las partes interesadas pueden asistir al Foro de Servicios de Confianza de los Países CE-3rd que se celebrará el 12 de junio de 2023, de 09:00 a 17:30 (CET) en Bruselas en modo híbrido.

El evento cubrirá una variedad de temas relacionados con los servicios de confianza, como las últimas actualizaciones del Reglamento eIDAS, asociaciones internacionales, reconocimiento de los servicios de confianza de terceros países, diseño técnico y más. Además, estamos encantados de presentar una amplia gama de oradores de la Comisión Europea, expertos de la industria y terceros países, que compartirán sus ideas y experiencias.

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