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El cumplimiento de la directiva europea relativa a facturación electrónica en la contratación pública de CCAA y EELL

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05 mayo 2020

El pasado 18 de abril finalizó la prórroga que establecía la Directiva 2014/55/UE de 16 de abril de 2014, relativa a facturación electrónica en la contratación pública, para que las administraciones regionales y locales europeas se adaptaran para poder recibir facturas que cumplan con la norma europea (EN16931).

La Directiva 2014/55/UE de 16 de abril de 2014(Abre en nueva ventana)  exige la definición de una norma europea común para la facturación electrónica a nivel semántico, así como productos de estandarización adicionales que mejoren la interoperabilidad en el nivel de sintaxis.

La norma europea define una Estructura Básica (CORE), que incluye información estándar obligatoria en todas las facturas y una Especificación de Uso de la Factura Básica (CIUS) que es una versión restringida de la norma y utiliza solo alguna de las diferentes opciones proporcionadas por la factura básica.
 

Para facilitar la adecuación de los organismos del sector público en España y su interoperabilidad con el marco europeo, la Secretaría General de Administración Digital (SGAD), en el marco del proyecto cofinanciado por la Comisión Europea EUROFACE, habilitó la posibilidad de presentar  facturas en formato EN16931 (UBL y CII) a los proveedores de bienes y servicios de las Administraciones Públicas españolas desde el 18 de abril de 2019. Estas facturas deben cumplir las reglas especificadas en el CIUS de FACe .

Por tanto, las administraciones autonómicas y locales adheridas a FACe (más de 8.000), independientemente de la adecuación de sus puntos propios de entrada de facturas, dan cumplimiento a la Directiva, recibiendo facturas en los formatos europeos UBL 2.1 y CII desde el 18 de abril de 2019.

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