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El Reglamento de Conjuntos de Alto Valor de movilidad

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27 junio 2024

La categoría de Datos de Alto Valor de Movilidad engloba los datos bajo el dominio de la "Redes de Transporte", como se demarca en el Anexo I de la Directiva 2007/2/CE, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (INSPIRE)

España, como parte de la Unión Europea, está comprometida con la implementación de las directivas europeas sobre datos abiertos y reutilización de la información del sector público. Esto incluye la adopción de iniciativas como el  Reglamento de Implementación (UE) 2023/138 , emitido por la Comisión Europea, que define directrices específicas para las entidades gubernamentales con respecto a la disponibilidad de conjuntos de datos de alto valor (High value datasets en inglés o HVD) . Estos datos se categorizan en temáticas  previamente detalladas en discusiones anteriores : Geoespacial, Observación de la Tierra y Medio Ambiente, Meteorología, Estadística, Sociedades y Propiedades de Sociedades, y Movilidad. En este artículo nos centraremos en el último grupo mencionado.

La categoría de Movilidad engloba colecciones de datos que caen bajo el dominio de la "Redes de Transporte", como se demarca en el Anexo I de la  Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (INSPIRE) . En concreto, esta Directiva hace referencia a que se deben poner a disposición de los usuarios los conjuntos de datos relativos a redes de carreteras, ferrocarril, transporte aéreo y vías navegables, con sus correspondientes infraestructuras, las conexiones entre redes diferentes y la red transeuropea de transporte, según la definición de la  Decisión no 1692/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 1996, sobre las orientaciones comunitarias para el desarrollo de la red transeuropea de transporte .

Además, se incluyen los conjuntos de datos tal como se describe en la  Directiva 2005/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa a los servicios de información fluvial (SIF) armonizados en las vías navegables interiores de la Comunidad . Esta Directiva establece un marco armonizado para la creación de una red transeuropea de información fluvial (RIS, por sus siglas en inglés). El objetivo principal de la Directiva es mejorar el tráfico y el transporte fluvial y se aplican a los canales, ríos, lagos y puertos capaces de albergar buques de entre 1.000 y 1.500 toneladas. Estos conjuntos de datos incluyen:

Conjunto de datos

Conjuntos de datos sobre vías navegables interiores

Datos estáticos

  • Características de los canales navegables
  • Obstrucciones de larga duración en el canal navegable y fiabilidad
  • Gastos de infraestructura de las vías navegables
  • Otras limitaciones físicas en las vías navegables
  • Horarios programados de esclusas y puentes
  • Localización y características de puertos y puntos de transbordo
  • Lista de ayudas a la navegación y señales de tráfico
  • Normas y recomendaciones de navegación

Datos dinámicos

  • Batimetría de los canales de navegación
  • Obstrucciones temporales en el canal
  • Niveles de agua actuales y futuros en los indicadores
  • Estado de los ríos, canales, esclusas y puentes
  • Restricciones causadas por inundaciones y hielo
  • Cambios a corto plazo de los horarios de esclusas y puentes
  • Cambios a corto plazo de las ayudas a la navegación

Cartas electrónicas y de navegación interior (ENC Fluvial según la norma SIVCE Fluvial)

  • Ejes de vías navegables con indicación de los kilómetros
  • Enlaces a los ficheros XML externos con tiempos de funcionamiento de estructuras restrictivas
  • Localización de puertos y puntos de transbordo
  • Datos de referencia para los indicadores del nivel del agua pertinentes para la navegación
  • Margen de la vía navegable al nivel medio de agua
  • Construcción litoral
  • Contornos de esclusas y presas
  • Límites de la vía navegable/canal de navegación
  • Peligros aislados en la vía navegable/en el canal de navegación bajo y sobre el agua
  • Medios auxiliares oficiales (por ejemplo, boyas, balizas, luces, carteles)

Para que todos podamos aprovechar al máximo la información disponible, el Reglamento define algunas reglas básicas sobre cómo se comparten estos datos:

  • Uso libre y fácil. Los datos tienen que estar listos para usarse y compartirse con todos y para cualquier fin reconociendo y citando la fuente de los datos, tal como prescribe la licencia tipo Creative Commons BY 4.0.
  •  Fácil de leer y usar. Se presentarán de una manera que tanto las personas como las computadoras puedan entenderlos fácilmente y estará todo explicado en público.
  •  Acceso directo y sencillo. Habrá maneras especiales (llamadas APIs) que permiten a los programas acceder a los datos automáticamente. Además, el usuario podrá alternativamente descargar mucha información de una vez.
  • Siempre al día. Es importante que los datos estén actualizados, así que existirá el acceso a la versión más reciente. Pero si el usuario necesita acceder a los datos previos, también se podrá ver las versiones anteriores.
  • Detallados y precisos. Los datos se compartirán con tanto detalle como sea posible, hasta un nivel muy fino de precisión, de manera que se cubra todo el territorio al combinarse.
  • Información sobre la información. Habrá "información sobre la información" (metadatos) que contará todo sobre los datos. Los elementos de metadatos contendrán como mínimo los recogidos en el anexo del  Reglamento (CE) nº 1205/2008 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2008 .
  • Entendible y ordenado: Se explicará bien cómo están organizados los datos y qué significa todo, de manera que sea fácil de entender para todos (estructura y semántica).
  • Lenguaje común. Los datos usarán vocabularios, listas controladas y categorías que sean reconocidos y aceptados a nivel europeo o mundial.

¿En España quién es el responsable de la creacion y mantenimiento de los datos de movilidad?

En España, la responsabilidad de la creación y mantenimiento de los datos de movilidad recae generalmente en distintas entidades gubernamentales, dependiendo del tipo de movilidad y del ámbito territorial:

  • Nivel nacional. El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible es el organismo principal encargado de la movilidad en cuanto a infraestructuras y transportes a nivel nacional. Este incluiría datos sobre carreteras, ferrocarriles, transporte aéreo y marítimo.
  • Nivel autonómico y local. Las comunidades autónomas y los ayuntamientos también desempeñan un papel importante en la movilidad urbana y regional. Se encargan de la movilidad urbana, el transporte público y las vías públicas, dentro de sus respectivas jurisdicciones.
  • Entidades públicas empresariales. Hay entidades como ADIF (acrónimo de Administrador de Infraestructuras Ferroviarias), AENA (acrónimo de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea), Puertos del Estado y otras que gestionan datos específicos relacionados con su campo de acción en el transporte ferroviario, aéreo y marítimo, respectivamente.

En España, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en colaboración con las comunidades autónomas, juega un rol clave en proporcionar acceso a una amplia gama de datos de movilidad. En conformidad con INSPIRE y  LISIGE  (la Ley 14/2010 de 5 de julio sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España, que transpone la Directiva INSPIRE), ofrece recursos como el  Geoportal de la  Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE) , donde la ciudadanía y los profesionales pueden acceder a datos y servicios geográficos, especialmente en lo referente a movilidad.

¿Cumple España con el Reglamento de los HVD de movilidad?

Para resolver esta pregunta nos tenemos que ir al el  Geoportal de INSPIRE  que es donde se encuentra disponible la información oficial clasificada como conjuntos de datos de alto valor en Europa. En concreto en la categoría de movilidad.

Captura del portal Inspire relativa a los datos de alto valor de movilidad

En abril de 2024 España tiene publicado en el Geoportal de INSPIRE la siguiente información:

  • Zonas de servicio portuarias de España. Las zonas de servicio portuarias de los puertos de interés general del Estado, incluyen la información cartográfica y alfanumérica de la zona de servicio terrestre y de la zona I y II de aguas. El Sistema Portuario español de titularidad estatal está integrado por 46 puertos de interés general, gestionados por 28 Autoridades Portuarias.
  •  Redes de Transporte de España. La Red de Transporte de la Información Geográfica de Referencia del Sistema Cartográfico Nacional de España, es una red tridimensional de cobertura nacional, definida y publicada en conformidad con la Directiva INSPIRE, que contempla cinco modos de transporte: red viaria, raíl, vías navegables, aéreo y cable, junto con sus respectivas conexiones intermodales y las infraestructuras asociadas a cada modo. Dicha información tiene la geometría lineal de los viales y la puntual de los portales y puntos kilométricos.
  • Red de Transporte Ferroviario de ADIF de España. Conjunto de datos geográficos de carácter público sobre la adaptación de la Tramificación Común de ADIF a la normativa INSPIRE (Redes de Transporte Anexo I).

La publicación de estos conjuntos de datos de alto valor responde positivamente a la pregunta de si España cumple con el reglamento de HVD, y supone un logro que refleja el compromiso continuo de nuestro país con la transparencia y el acceso a datos de movilidad.

El esfuerzo conjunto entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Sistema Cartográfico Nacional y las Comunidades Autónomas y las Entidades Públicas Empresariales subraya la importancia de un enfoque colaborativo para la gestión de la información de movilidad.

La disponibilidad de estos datos destaca el compromiso de España en publicar datos de alto valor y subraya la importancia de mejorar continuamente el acceso a la información para optimizar la navegación interior y los datos de movilidad.

Fuente original de la noticia(Abre en nueva ventana)

  • Información y datos del sector público