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La Ley de Gobernanza de Datos (DGA) establecerá mecanismos sólidos para facilitar la reutilización de determinadas categorías de datos protegidos del sector público, aumentar la confianza en los servicios de intermediación de datos y fomentar el altruismo de datos en toda la Unión Europea.
Se trata de un componente importante de la estrategia europea para los datos, cuyo objetivo es impulsar la economía de los datos. Las nuevas normas se aplicarán 15 meses después de la entrada en vigor del Reglamento.
Reutilización más amplia de los datos protegidos del sector público
La Ley de Gobernanza de Datos creará un mecanismo para permitir la reutilización segura de determinadas categorías de datos del sector público que están sujetos a los derechos de terceros. Esto incluye, por ejemplo, secretos comerciales, datos personales y datos protegidos por derechos de propiedad intelectual. Los organismos del sector público que permitan este tipo de reutilización deberán estar debidamente equipados, en términos técnicos, para garantizar que la plena preservación de la privacidad y la confidencialidad.
En este sentido, la DGA complementará la Directiva de Datos Abiertos de 2019, que no cubre este tipo de datos.
Los acuerdos exclusivos para la reutilización de datos del sector público serán posibles cuando estén justificados y sean necesarios para la prestación de un servicio de interés general. La duración máxima de los contratos existentes será de 30 meses y para los nuevos de 12 meses.
La Comisión Europea crear un punto de acceso único europeo con un registro electrónico de datos del sector público que permita realizar búsquedas. Este registro estará disponible a través de los puntos únicos de información nacionales.
Un nuevo modelo de negocio para la intermediación de datos
La DGA crea un marco para fomentar un nuevo modelo de negocio - los servicios de intermediación de datos - que proporcionarán un entorno seguro en el que las empresas o las personas puedan compartir datos.
En el caso de las empresas, estos servicios pueden tomar la forma de plataformas digitales, que apoyarán la puesta en común de datos entre empresas y facilitarán el cumplimiento de las obligaciones de intercambio de datos establecidas no solo por esa ley, sino también por otra legislación, ya sea a nivel europeo o nacional. Mediante el uso de estos servicios, las empresas podrán compartir sus datos sin temor a que se haga un uso indebido de ellos o pierdan su ventaja competitiva.
En el caso de los datos personales, dichos servicios y sus proveedores ayudarán a las personas a ejercer sus derechos en virtud del reglamento general de protección de datos (GDPR). Esto ayudará a las personas a tener un control total sobre sus datos y les permitirá compartirlos con una empresa en la que confíen. Esto puede hacerse, por ejemplo, mediante herramientas novedosas de gestión de información personal, como los espacios de datos personales o carteras de datos, que son aplicaciones que comparten dichos datos con otros, basándose en el consentimiento del titular de los datos.
Los proveedores de servicios de intermediación de datos deberán estar inscritos en un registro, para que sus clientes sepan que pueden confiar en ellos. Además, no podrán utilizar los datos compartidos para otros fines, ni podrán beneficiarse de los datos, por ejemplo, vendiéndolos. Sin embargo, pueden cobrar por las transacciones que realizan.
Altruismo de datos por el bien común
La DGA también facilita que las personas y las empresas pongan a disposición datos de forma voluntaria para el bien común, como proyectos de investigación médica.
Las entidades que deseen recopilar datos para objetivos de interés general pueden solicitar su inclusión en un registro nacional de organizaciones reconocidas de altruismo de datos. Las organizaciones registradas serán reconocidas en toda la UE. Esto creará la confianza necesaria para alentar a personas y empresas a facilitar los datos a dichas organizaciones para que puedan ser utilizados para un bien social más amplio.
Si una organización quiere ser reconocida como una organización de altruismo de datos bajo la DGA, deberá cumplir con un reglamento específico.
Fácil identificación de los proveedores de servicios
La certificación voluntaria en forma de logotipo facilitará la identificación de proveedores de servicios de intermediación de datos y organizaciones de altruismo de datos que cumplan con los requisitos.
Consejo Europeo de Innovación de Datos
Se creará una nueva estructura, el Consejo Europeo de Innovación de Datos, para asesorar y asistir a la Comisión en la mejora de la interoperabilidad de los servicios de intermediación de datos y emitir directrices sobre cómo facilitar el desarrollo de espacios de datos, entre otras tareas.
Acceso y transferencia internacional de datos no personales
La DGA crea salvaguardas para los datos del sector público, los servicios de intermediación de datos y las organizaciones de altruismo de datos contra la transferencia internacional ilegal o el acceso gubernamental a datos no personales. Para los datos personales, la UE ya cuenta con salvaguardas similares bajo el RGPD.
En particular, la Comisión, a través de la legislación secundaria, puede adoptar decisiones de adecuación que declaren que países específicos fuera de la UE brindan garantías adecuadas para el uso de datos no personales transferidos desde la UE. Estas decisiones serían similares a las decisiones de adecuación relativas a los datos personales en virtud del RGPD. Se debe considerar que tales garantías existen cuando el país en cuestión cuenta con medidas equivalentes que garantizan un nivel de protección similar al proporcionado por la legislación de la UE o del estado miembro.
La Comisión también podrá adoptar cláusulas contractuales modelo para apoyar a los organismos del sector público y a los reutilizadores en el caso de transferencias de datos no personales amparados por la DGA a terceros países.
Duración de la aplicación
Las nuevas normas se aplicarán 15 meses después de la entrada en vigor del reglamento.
Próximos pasos
Tras la aprobación por el Consejo de la posición del Parlamento Europeo, se ha adoptado el acto legislativo.
Tras ser firmado por el presidente del Parlamento Europeo y el presidente del Consejo, se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor 20 días después de su publicación.
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