La notificación administrativa constituye “un trámite meramente formal que presta soporte a un derecho material, el de no padecer indefensión” (Gamero Casado), es decir, el foco de la notificación administrativa es la validez legal más que el medio o procedimiento empleado. Los simples envíos de información de las administraciones públicas a los ciudadanos y empresas se denominan comunicaciones administrativas.
La Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos reconoce a los ciudadanos el derecho a relacionarse con las Administraciones Públicas utilizando medios electrónicos. Por tanto los organismos públicos deben disponer de un sistema de notificaciones electrónicas, además de por supuesto soportar las tradicionales notificaciones en papel.
Puede consultar la nueva nota técnica del OBSAE: Notificaciones Administrativas para obtener más información al respecto.