El Tribunal Supremo admite la validez de la obligatoriedad de las notificaciones electrónicas en el ámbito tributario.
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha admitido la validez de la imposición, a través del Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, de las notificaciones electrónicas en el ámbito tributario. Se trata, sin duda, de una resolución especialmente importante ya que, es la primera sentencia del Alto Tribunal referida a las previsiones de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
En concreto, el Real Decreto impugnado fue dictado al amparo del art. 27.6 de la citada Ley, donde se establece que:
"Reglamentariamente, las Administraciones Públicas podrán establecer la obligatoriedad de comunicarse con ellas utilizando sólo medios electrónicos, cuando los interesados se correspondan con personas jurídicas o colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos."