Los colegisladores europeos acordaron normas que agilizarán los procedimientos administrativos relacionados, por ejemplo, con los derechos de los denunciantes o la admisibilidad de los casos y, de este modo, harán más eficiente la aplicación del RGPD , que está en vigor desde el 25 de mayo de 2018.
Una vez adoptado, el reglamento agilizará la tramitación de las reclamaciones transfronterizas en virtud del RGPD y demás legislación europea de protección de datos presentadas por ciudadanos u organizaciones, así como las investigaciones posteriores. Esto se debe, en particular, a la armonización de los requisitos de admisibilidad de las acciones transfronterizas. Independientemente del lugar de la UE en el que un ciudadano presente una reclamación relacionada con el tratamiento transfronterizo de datos, la admisibilidad se evaluará con base en la misma información.
Derechos de los denunciantes y de las partes investigadas
El nuevo reglamento armonizará los requisitos y procedimientos para que el reclamante sea escuchado si se rechaza una queja y proporciona normas comunes sobre la participación del reclamante en el procedimiento.
El derecho a ser escuchado de la empresa u organización que está siendo investigada también está garantizado en etapas clave a lo largo del procedimiento.
El denunciante y la empresa u organización investigada tendrán derecho a recibir las conclusiones preliminares (es decir, antes de la decisión final) para que puedan expresar sus puntos de vista al respecto.
Plazos
Las nuevas normas introducen plazos para la finalización de las investigaciones. Los colegisladores acordaron un plazo total de investigación de 15 meses, prorrogable a 12 meses para los casos más complejos. En el caso de un procedimiento simple de cooperación entre organismos nacionales de protección de datos, la investigación deberá concluir en un plazo de 12 meses.
Resolución más rápida de quejas
El Consejo y el Parlamento Europeo acordaron un mecanismo para agilizar la resolución de las reclamaciones. Este mecanismo de resolución temprana permite a las autoridades de protección de datos resolver un caso antes de iniciar los procedimientos habituales para la tramitación de reclamaciones transfronterizas; es decir, antes de involucrar a otras autoridades nacionales. Esto puede ocurrir cuando la empresa u organización en cuestión ha abordado la infracción y el reclamante no se ha opuesto a la resolución temprana de la reclamación.
Procedimiento de cooperación simple
Para evitar debates prolongados entre los distintos organismos de protección de datos sobre un caso específico, la nueva ley introduce medidas para facilitar la búsqueda de consenso. Una de ellas es la obligación de la autoridad principal de enviar un resumen de las cuestiones clave a sus homólogos en la UE. Esto garantizará que dispongan de toda la información necesaria para expresar su opinión sobre el caso desde el principio.
El texto final mantiene una propuesta del Consejo para un procedimiento de cooperación simple , que ofrece la opción de no aplicar todas las normas adicionales cuando un caso es más sencillo. Esto permite a las autoridades de protección de datos evitar cualquier carga administrativa, actuar con rapidez en casos no contenciosos y aprovechar las nuevas normas de cooperación adicionales para investigaciones más complejas.
Próximos pasos
El acuerdo provisional alcanzado hoy deberá ser confirmado por el Consejo y el Parlamento Europeo. Las nuevas normas entrarán en vigor tras su adopción definitiva en ambas instituciones.
el contexto de este acuerdo
El RGPD, la ley de protección de datos emblemática de la UE, que armoniza los derechos de protección de datos en toda Europa, ha establecido un sistema de cooperación entre los organismos nacionales de protección de datos. Dichas autoridades, responsables de la aplicación del RGPD, están obligadas a cooperar cuando un caso de protección de datos se refiere al tratamiento transfronterizo. Este es el caso, por ejemplo, cuando el denunciante reside en un Estado miembro distinto al de la empresa investigada.
En estos casos transfronterizos, una única autoridad nacional asumirá el papel de autoridad principal en la investigación, pero estará obligada a cooperar con sus homólogas en otros Estados miembros.