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Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas.

03/01/2013

Pieza clave para la interoperabilidad en el intercambio de asientos registrales, facturas, documentos y expedientes electrónicos.

El amplio número de Administraciones y activos de información asociadas a las mismas (procedimientos, registros, facturas, personas, oficinas, documentos, expedientes etc.) obliga necesariamente a identificar sus órganos y unidades para implementar correctamente los sistemas de información que los gestionan.
El artículo 9 del Esquema Nacional de Interoperabilidad marca la necesaria interoperabilidad de los diferentes Inventarios/Directorios y fija un escenario de interoperabilidad con un Directorio Común, que establezca el modelo de información mínimo y la codificación única necesaria para que los sistemas de las diferentes Administraciones se relacionen entre sí
El Directorio Común (DIR3) proporciona la relación jerárquica de la estructura de las Administraciones con codificación única, y es actualizado de forma corresponsable por todas las Administraciones participantes. Es decir, el Directorio implementa un modelo de convivencia entre múltiples fuentes de datos, de diferentes Administraciones, de forma que todas convivan entre sí y puedan beneficiarse unas de otras. Puede consultar más información al respecto en la Nota Técnica del OBSAE: Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas
La descripción detallada del servicio Directorio Común (DIR3) , la estructura de la información y las posibilidades de integración se recogen en el Centro de Transferencia de Tecnología (CTT) en el Portal de la Administración Electrónica.