Para realizar estas revisiones de accesibilidad, los organismos pueden elegir entre hacer una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo del sector público (con recursos internos o externos), o bien pueden certificar el cumplimiento de los requisitos de accesibilidaddel Real Decreto 1112/2018 en sus sitios web y aplicaciones para dispositivos móvilespor una entidad de certificación cuya competencia técnica haya sido reconocida formalmente por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) o por otro organismo nacional de acuerdo al Reglamento (CE) n.º 765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.º 339/93.
Las revisiones de accesibilidad realizadas por una entidad de inspección acreditada por ENAC se presupondrán que cumplen todos los requisitos establecidos en el Real Decreto 1112/2018 y en la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1524 y que gozan de los máximos niveles de calidad.