Escriba el criterio de búsqueda en el recuadro y pinche el botón "Buscar"
Desde el Observatorio de Accesibilidad Web se han preparado los siguientes materiales que pretenden clarificar los preceptos del RD 1112/2018, el modo de aplicarlos y los plazos en los que esto debe hacerse:
El Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (disponible traducción al inglés del RD 1112/2018), aprobado a propuesta de los entonces Ministerios de Política Territorial y Función Pública, Economía y Empresa, Sanidad, Consumo y Bienestar Social, traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público.
(English Version) Royal Decree 1112/2018, on the accessibility of websites and mobile applications in the public sector (PDF)
Este Real Decreto cubre todos los sitios web y aplicaciones móviles del sector público, desde aquellos pertenecientes a las administraciones, tribunales y servicios de policía a los de los hospitales, universidades y bibliotecas públicas, haciendo que sean accesibles a todos los ciudadanos, especialmente a aquellos con dificultades auditivas, visuales o funcionales.
De esta forma, el nuevo Real Decreto sustituye y mejora las condiciones que ya se venían exigiendo a los portales de las Administraciones Públicas desde la entrada en vigor el 31 de diciembre de 2008 del Real Decreto 1494/2007.
Los cambios más significativos que se introducen son los siguientes:
Para ayudar al cumplimiento de todas estas medidas será esencial el papel que desempeñarán las unidades responsables de accesibilidad, que serán las encargadas de garantizar el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles dentro de su ámbito competencial. Deberán velar por su cumplimiento desde todos los ámbitos de la organización, tanto técnicos como funcionales e involucrar a todos los actores necesarios: departamentos tecnológicos, responsables de edición de contenidos, responsables de publicaciones, responsables de comunicación y prensa, responsables de formación, etc.
El Real Decreto entró en vigor el 20 de septiembre de 2018, un día después de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado” con las siguientes excepciones:
El 11 de octubre de 2018 la Comisión Europea aprobó 2 actos de ejecución, publicados a través de sendas Decisiones, que entran en vigor el 1 de noviembre de 2018:
El 21 de diciembre de 2018 la Comisión Europea publicó la Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2018 , sobre la norma armonizada aplicable a los sitios web y a las aplicaciones para dispositivos móviles redactada en apoyo de la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Mediante esta decisión se estableció que el estándar de aplicación para el cumplimiento de los requisitos es la norma "EN 301 549 V2.1.2 (2018-08). Requisitos de accesibilidad para los productos y servicios de las TIC"
El 12 de agosto de 2021 la Comisión Europea publicó la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1339 de la Comisión, de 11 de agosto de 2021, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048 en lo que atañe a la norma armonizada aplicable a sitios web y a las aplicaciones para dispositivos móviles.
En dicha decisión se sustituye la norma "EN 301 549 V2.1.2 (2018-08). Requisitos de accesibilidad para los productos y servicios de las TIC" por la nueva "EN 301 549 V3.2.1 (2021-03). Requisitos de accesibilidad para los productos y servicios de las TIC", coexistiendo ambas normas hasta el 11 de febrero de 2022. Desde el 12 de febrero de 2022 solamente es aplicable la nueva norma EN 301 549 V3.2.1 (2021-03).