Canal de Denuncias es una aplicación en modo SaaS multi-entidad, que permite, a las entidades adheridas de la Administración del Estado, dotarse de un sistema interno de información propio que habilita el cumplimiento a la Ley 2/2023. Ofrece la funcionalidad necesaria para cumplir con la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción: • Canal interno de información que permite el alta y seguimiento de denuncias por parte de los informantes. Se permiten denuncias escritas o verbales (voz distorsionada), así como denuncias anónimas o con datos identificativos, en todo caso garantizando la preservación de la identidad del informante. • Sistema de gestión y administración para el tratamiento de las denuncias a través de distintos roles y permitiendo (si se requiere) gestión delegada.
Destinatarios
:
AGE
Organismos Responsables
:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Secretaria de Estado de Función Pública
Secretaría General de Administración Digital
Subdirección General de Servicios Digitales para la Gestión
Modo de Uso
:
Servicio en red para usuario final
Contacto
:
secretaria.sgsdg@digital.gob.es
Tipo de Solución
:
Infraestructura o servicio común
Estado de la Solución
:
Producción
Área orgánica
:
Estatal
Área técnica
:
Gestión de recursos humanos
Área funcional
:
Gobierno y Sector Público
Licencia
:
No aplica
Nivel Interoperabilidad
:
Semántico
Descripción
La aplicación web Canal de Denuncias permite el cumplimiento, a las entidades adheridas de la Administración del Estado, de la Ley 2/2023 del 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Esta ley supone la transposición al derecho español de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones penales y administrativas graves o muy graves del Derecho de la Unión. Entre otras cuestiones, la Directiva obliga a contar con canales internos de información, así como con canales externos con el fin de ofrecer a los ciudadanos una comunicación con una autoridad pública especializada. Se excluyen del ámbito de aplicación material de la ley los supuestos que se rigen por su normativa específica.
La preservación de la identidad del informante debe ser garantizada en todo momento. Por tanto, el dato de la identidad del informante nunca será objeto del derecho de acceso a datos personales y se limita la posibilidad de comunicación de dicha identidad sólo a la autoridad judicial, el Ministerio Fiscal o la autoridad administrativa competente exigiendo que, en todo caso, se impida el acceso por terceros a la misma.
El sistema interno de información para cada entidad consta de dos partes:
Canal interno de información (Canal de denuncias):
Permite alta y seguimiento de las denuncias por parte de los informantes.
Protección de la identidad (no se guarda MSISDN ni dirección IP)
Adjuntar documentos (también en la fase de tramitación y resolución)
Anónimo o con datos identificativos.
Sistema de gestión y administración (back-office) permitirá la resolución/escalado de los distintos tipos de denuncia. Este módulo permite tanto la administración del servicio (entidades, canales, usuarios, etc) como la gestión interna por parte de la entidad de las denuncias recibidas.