Por la resolución con fecha 25 de febrero de 2014 se adopta como política de firma electrónica y de certificados de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia la política de firma electrónica y de certificados de la Administración general del Estado con algunas especificidades que se indican en el texto de la resolución.
La Orden de 6 de febrero de 2014 por la que se aprueba el protocolo de identificación y firma electrónica de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia establece en su artículo 3 que la administración general y el sector público autonómico de Galicia deberá adoptar una política de firma electrónica y de certificados, que se armonizará con lo establecido en el Esquema Nacional de Interoperabilidad y sus normas de desarrollo.
Con carácter general, una política de firma electrónica es un documento legal que contiene una serie de normas relativas a la firma electrónica, organizadas alrededor de los conceptos de generación y validación de firma, en un contexto particular (contractual, jurídico, legal), definiendo las reglas y obligaciones de todos los actores involucrados en el proceso. El objetivo es determinar la validez de la firma electrónica para una transacción en particular, especificando la información que debe incluir la persona firmante en el proceso de generación de la firma y la información que se debe comprobar en el proceso de validación de la misma.
La política de firma electrónica y de certificados de la Administración general del Estado, es coherente con el ordenamiento autonómico y plenamente asumible en sus aspectos técnicos, por lo que, con su adopción, la Administración general y del sector público autonómico de Galicia pretende dar un paso claro para favorecer la interoperabilidad entre administraciones públicas, lo que redundará de una manera inmediata en la simplificación de trámites para los ciudadanos.
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