Con la entrada en vigor de la Orden HAP/7/2014, de 8 de enero, por la que se regula el Registro de funcionarios habilitados para la identificación y autenticación de ciudadanos en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes, se ha publicado la documentación referida al Sistema de información de dicho registro.
El Registro de funcionarios habilitados, creado por el articulo 16 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007 de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, permite recoger a los funcionarios que se habiliten por parte de la Administración para actuar en nombre de los ciudadanos que deseen actuar en procedimientos electrónicos de la AGE y que no dispongan de firma electrónica.
Así mismo permite incorporar aquellos procedimientos, trámites o servicios electrónicos cuyos órganos propietarios o gestores decidan habilitar para su ejercicio por funcionarios habilitados en representación del ciudadano (persona física).
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