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Guía de Sedes Electrónicas

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El objetivo de esta Guía es doble, por una parte, proponer una serie de recomendaciones para que las sedes electrónicas sean lo más homogéneas posible en cuanto a funcionamiento para facilitar su utilización por parte de los ciudadanos, y por otra parte, facilitar la labor desde el punto de vista técnico y normativo de los responsables de la implantación de las Sedes electrónicas de la Administración General del Estado y los organismos públicos vinculados o dependientes de ésta.

El Grupo de Trabajo de Sedes Electrónicas produjo este documento en febrero de 2010.

Para concretar el derecho de los ciudadanos a comunicarse con la Administración por medios electrónicos se crean las Sedes Electrónicas (Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos y Real Decreto 1671/2009 de desarrollo parcial de dicha Ley).

Las sedes electrónicas facilitan al ciudadano el acceso a los servicios electrónicos de la administración, le garantizan unos servicios mínimos uniformes, un aspecto homogéneo y una identificación bajo el dominio ‘gob.es’.

En las sedes electrónicas figuran claramente los términos de la relación por medios electrónicos con los ciudadanos: identificación, autenticación, accesibilidad, disponibilidad, integridad, veracidad, actualización de la información, contenido mínimo, protección jurídica y responsabilidad entre otros.

En definitiva, al entrar en una sede electrónica el ciudadano:

  • Tendrá confianza y seguridad al utilizar sus servicios electrónicos.
  • Podrá realizar los trámites 24 horas x 365 días desde cualquier sitio.

En las sedes se garantizan los principios recogidos en la Ley: el derecho a la protección de los datos de carácter personal; la no discriminación para los ciudadanos que no utilicen los medios electrónicos; la accesibilidad; la neutralidad tecnológica, la simplificación, transparencia y publicidad de las actuaciones administrativas, entre otros.

La Guía se centra en todo lo referente a Sedes (Títulos II y III) del RD 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos(Abre en nueva ventana) .

NOTA ACLARATORIA: Esta guía fue realizada en 2010, antes de la entrada en vigor de las leyes 39 y 40/2015 por lo tanto, algunos de los criterios pueden no ser directamente aplicables.

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