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CTT - Centro de Transferencia de Tecnología

Plan de direccionamiento e interconexión de redes en la Administración

  • Nombre Abreviado :
    plandira
    Resumen :
    El Plan define un espacio de direccionamiento privado para la Administración Pública a la vez que facilita la coordinación entre planes de numeración IP.
    Destinatarios :
    Cualquier Administración Pública
    Organismos Responsables :
    Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
    Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial
    Secretaría General de Administración Digital
    Contacto :


    http://administracionelectronica.gob.es/general/verContacto.htm

    Tipo de Solución :
    Buena Práctica
    Estado de la Solución :
    Producción
    Área orgánica :
    Estatal
    Área técnica :
    Infraestructura de comunicaciones y mensajería , Servicios horizontales para las AA.PP , Normalización y regulación
    Área funcional :
    Gobierno y Sector Público
    Licencia :
    No aplica
    Nivel Interoperabilidad :
    Legal

    Descripción

    Finalidad:

    El Plan de direccionamiento e interconexión de redes en la Administración define un espacio de direccionamiento privado común para los Centros de la Administración. Este Plan permite que cada entidad u organismo pueda establecer de manera independiente sus planes de numeración IP, en función de su infraestructura de red, o distribución orgánica o departamental, pero manteniendo una coordinación con el resto de Administraciones Públicas que evite el uso de direcciones duplicadas.

    Objetivo:

    Garantizar una correcta administración de la red, mediante un seguimiento permanente del plan de numeración en cada subred y mantener al día la documentación de los cambios que se producen en el mismo. De esta forma se garantiza la evolución y crecimiento de las redes para hacer frente a nuevas necesidades.

    Descripción:

    La Ley 11/2007(Abre en nueva ventana) , de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, en adelante LAECSP, en su artículo 43, establece que la Administración General del Estado, las Administraciones Autonómicas y las entidades que integran la Administración Local, así como los consorcios u otras entidades de cooperación constituidos a tales efectos por éstas, adoptarán las medidas necesarias e incorporarán en sus respectivos ámbitos las tecnologías precisas para posibilitar la interconexión de sus redes con el fin de crear una red de comunicaciones que interconecte los sistemas de información de las Administraciones Públicas españolas y permita el intercambio de información y servicios entre las mismas, así como la interconexión con las redes de las Instituciones de la Unión Europea y de otros Estados Miembros.

    El Plan de direccionamiento e interconexión de redes en la Administración es necesario para:

    • La interconexión de las redes de las Administraciones Públicas y en particular a y a través de la Red SARA (Sistema de Aplicaciones y Redes para las Administraciones).
    • El despliegue de servicios de administración electrónica sobre la Red SARA.
    • La interconexión con redes de Administraciones de otros Estados miembros de la UE, el despliegue y acceso a los servicios públicos europeos de administración electrónica, a través de la Red SARA y de su enlace con la red transeuropea sTESTA, que tiene a su vez su propio plan de direccionamiento.

    En este sentido, el Consejo Superior de Administración Electrónica viene promoviendo desde hace años el Plan de direccionamiento e interconexión de redes en la Administración que define un espacio de direccionamiento privado común para los Centros de la Administración. Este Plan permite que cada entidad u organismo pueda establecer de manera independiente sus planes de numeración IP, en función de su infraestructura de red, o distribución orgánica o departamental, pero manteniendo una coordinación que evite el uso de direcciones duplicadas.

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