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CTT - Centro de Transferencia de Tecnología

El servicio de interconexión e intercambio de datos entre administraciones de la Comunidad de Madrid

  • Nombre Abreviado :
    ICDA
    Resumen :
    Garantizar el cumplimiento del art. 6 de la Ley 11/2007 en que se desglosan los derechos de los ciudadanos asociados en materia de utilización de medios electrónicos con las Administraciones, en particular, el derecho, ap. 2.b), “a no aportar datos y documentos que obren en poder de las AAPP, que utilizarán medios electrónicos para recabarlos siempre que, en caso de datos personales, se tenga el consentimiento del interesado, pudiendo emitirse y recabarse por medios electrónicos.”
    Destinatarios :
    Ciudadano , Empresa
    Organismos Responsables :
    Modo de Uso :
    Servicio en red para usuario final
    Contacto :

    Nicolás López-Manzanares Beltrán
    Jefe de Área de Definición de Soluciones Integradas / ICM
    nicolas.lopez-manzanares@madrid.org
    915800376

    Tipo de Solución :
    Infraestructura o servicio común
    Estado de la Solución :
    Producción
    Área orgánica :
    Autonómico
    Área técnica :
    Tramitación electrónica , Sitios web, sedes electrónicas y atención al ciudadano , Soporte a la tramitación electrónica
    Área funcional :
    Gobierno y Sector Público
    Licencia :
    No aplica
    Nivel Interoperabilidad :
    Técnico

    Descripción

    Situación de partida y origen de la iniciativa

    Con la Ley 11/2007, se establece la obligación de no requerir al ciudadano aportar documentación que ya hubiera entregado a la Admon, agilizando así la relación entre ciudadanos y AAPP.

    Como consecuencia de este concepto de “interoperabilidad”, se comenzó a pensar en la definición, desarrollo e implementación de una aplicación capaz de interconectar diferentes unidades a efectos de reutilizar la información disponible. Así surge el sistema ICDA que posibilita el intercambio de datos entre unidades y con otras AAPP y de este modo optimiza el tiempo invertido en la tramitación de cada procedimiento o servicio.

    Objetivos

    • Garantizar el cumplimiento del art. 6 de la Ley 11/2007 en que se desglosan los derechos de los ciudadanos asociados en materia de utilización de medios electrónicos con las Administraciones, en particular, el derecho, ap. 2.b), “a no aportar datos y documentos que obren en poder de las AAPP, que utilizarán medios electrónicos para recabarlos siempre que, en caso de datos personales, se tenga el consentimiento del interesado, pudiendo emitirse y recabarse por medios electrónicos.”
    • Favorecer la simplificación administrativa, la reducción burocrática y evitar desplazamientos de los ciudadanos para adjuntar documentos a trámites administrativos, al no ser necesaria la aportación de información que ya obre en poder de la Administración.

    Principales dificultades y aspectos clave para la implantación

    • Preferible usar plataformas de intermediación a conexión directa con órganos cesores de datos, unificando requisitos tecnológicos (seguridad, comunicaciones) y organizativos (convenios, etc.).
    • Clave: compatible con arquitecturas de desarrollo y ejecución existentes (J2EE, servidores de apps, BBDD, etc..), desarrollo en código abierto y uso de WebServices y XML en peticiones-respuestas.
    • Inconvenientes: debe comunicarse con distintos proveedores de información, implicando distintos requisitos de conexión en cuanto a tecnologías, protocolos, seguridad, comunicaciones, etc.
    • Las líneas de evolución incluyen incorporar nuevas consultas, habilitar la emisión de certificados de datos a ciudadanos a partir de las consultas disponibles, ofrecer consultas a otras AAPP y mejoras técnicas : WS-Security, gestión centralizada de certificados, monitorización del uso.

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