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Programa Kit Digital: ¿Qué es y cómo puedo participar?

01/03/2023

Una iniciativa para subvencionar la implantación de soluciones digitales que cubran las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos. 

El programa Kit Digital se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia , agenda España Digital y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025 . Está dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea mediante los fondos NextGenerationEU.

Tiene como objetivos modernizar el tejido productivo español, favorecer su crecimiento y su presencia en nuevos mercados.

¿Qué puedo hacer en mi empresa con el bono digital?

  • Mejorar mi página web y su presencia básica o avanzada en Internet
  • Gestionar las redes sociales
  • Reforzar la ciberseguridad
  • Garantizar las comunicaciones seguras
  • Ampliar la gestión de los clientes
  • Utilizar la inteligencia empresarial y analítica en los procesos
  • Ofertar servicios y herramientas mediante una oficina virtual
  • Implantar la factura electrónica
  • Generar una plataforma de Marketplace (centro comercial en línea) que agrupe varias tiendas en el mismo sitio web, a las que el consumidor pueda acceder para comprar sus productos.

¿A cuánto asciende la ayuda?

Con la ayuda del Kit Digital podrás contar con un mínimo de 2.000 euros y hasta 12.000 euros para invertir en la digitalización de tu empresa.

 

Fuente: Plataforma Acelera pyme, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

¿Cómo solicitar el Kit Digital?

  1. Regístrate en la plataforma Acelera pyme y realiza el test de diagnóstico digital para comprobar tu nivel de digitalización.
  2. Consulta las soluciones de digitalización disponibles que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio y el catálogo de agentes digitalizadores que te ofrecen esos servicios.
  3. Presenta la solicitud de ayuda en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es ) si cumples los requisitos requeridos.
  4. Una vez concedido el bono, elige un agente digitalizador autorizado y firma un acuerdo para que gestione las soluciones digitales que hayas elegido.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo
  • Cumplir los límites financieros que definen las categorías de empresa
  • Estar en situación de alta con la antigüedad mínima que se establece en cada convocatoria
  • No estar considera una empresa en crisis
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía

¿Cuándo termina el plazo de presentación de solicitudes?

  • Las empresas del segmento I pueden presentar la solicitud hasta el 15 de marzo de 2023 a las 11:00 horas.
  • Las empresas del segmento II hasta el 2 de septiembre de 2023 a las 11:00 horas.
  • Las empresas del segmento III hasta 20 de octubre de 2023 a las 11:00 horas

¿Qué gastos no son subvencionables?

Tal y como establecen las bases reguladoras, no se consideran subvencionables el Impuesto sobre el Valor Añadido, el Impuesto General Indirecto Canario ni el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación que se devenguen en la adopción de soluciones de digitalización, de conformidad con el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tampoco son conceptos susceptibles de ayuda:

  • Los impuestos sobre las rentas de personas físicas o sociedades, así como otros tributos y tasas, de tipo nacional, autonómico o local
  • Los intereses de las deudas
  • Los intereses de mora, los recargos y las sanciones administrativas y penales.
  • Los gastos derivados de procedimientos judiciales
  • Gastos financieros
  • Gastos de infraestructura y obra civil
  • Terrenos
  • Hardwares
  • Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet
  • Los gastos relativos a la compensación por labores prestadas por terceros para la obtención de las presentes ayudas (gastos por prestación de servicios de asesoría, de gestoría o de similar naturaleza)

¿Puedo ser yo un agente dinamizador para ayudar a autónomos y empresas?

Sí, si cumples los siguientes requisitos.

  • Tener una facturación acreditada en el mercado español de al menos 100.000 euros en los dos años anteriores de la presentación de la solicitud de adhesión, o 50.000 euros en el año anterior, en proyectos similares a los que oferta del bono digital.
  • En el caso de los autónomos, la facturación deberá ser de, al menos, 70.000 euros dos años antes de presentar la solicitud y 35.000 en el año anterior.
  • Tener el domicilio fiscal y el centro de presentación de las actividades objeto de subvención en la Unión Europea.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

¿Cómo presento la solicitud para ser agente digitalizador?

  • Rellenando un formulario de adhesión en la sede electrónica de Red.es
  • El plazo de adhesión para los agentes dinamizadores se mantendrá abierto durante todo el tiempo que permanezca activo el programa.

¿Cómo y cuándo empiezo a prestar servicio como agente digitalizador?

Una vez firmado el acuerdo o acuerdos de prestación de soluciones digitales tendrás tres meses para implantar la solución elegida por el beneficiario del bono digital.

Recibirás directamente la cuantía establecida para cada solución o soluciones, una vez hayas justificado el desarrollo de tu trabajo .

Fuente original de la noticia

Bases reguladoras para la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de desempleo (BOE 29 de julio de 2022)

Kit Digital: Acelera pyme

Red.es

Más información sobre las convocatorias del Kit Digital y el papel de la SGAD