En virtud del nuevo Reglamento, los Estados miembros ofrecerán a ciudadanos y empresas una carteras digitales que vincularán sus identidades digitales nacionales con otros certificados personales (carnet de conducir, titulaciones, cuenta bancaria...) . Si los Estados miembros reconocen estas carteras, podrán suministrarlas tanto administraciones públicas como entidades privadas.
Las nuevas carteras de identidad digital europea permitirán a todos los europeos acceder a servicios online sin tener que utilizar métodos de identificación privados o compartir datos personales sin necesidad. Así, tendrán pleno control sobre los datos que comparten
La identidad digital europea:
- estará disponible para toda persona que desee utilizarla: todo ciudadano, residente o empresa de la Unión que lo desee podrá usarla;
- permitirá un uso generalizado: las carteras de identidad digital europea tendrán un uso amplio, bien para identificar a los usuarios, bien para certificar determinados atributos personales a la hora de acceder a servicios digitales públicos y privados en toda la Unión;
- garantizará el control por el usuario de sus datos, pues las carteras de identidad digital europea les permitirán elegir qué aspectos de su identidad, datos y certificados comparten con terceros y mantenerse al corriente de lo que con ellos se haga. Este control por los usuarios garantiza que solo se comparta aquella información que realmente deba compartirse.
Para que se haga realidad cuanto antes, la propuesta va acompañada de una Recomendación, en la que la Comisión ha invitado a los Estados miembros a crear un conjunto común de herramientas de aquí a septiembre de 2022 y a emprender de inmediato los preparativos necesarios. Este conjunto de herramientas debe incluir la arquitectura y las normas técnicas, así como directrices de mejores prácticas.