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Modificada la normativa de expedición del DNIe para proteger a los menores en el uso de internet

11/11/2013

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro Real Decreto del 23 de diciembre de 2005 que regulaba la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica.

Las modificaciones son las siguientes:

  • A partir de ahora, la activación de la identificación electrónica será para mayores y menores, pero, la activación de la firma electrónica será únicamente para mayores de edad. La entrega de un documento con el certificado de identificación electrónica activado permitirá proteger a los menores en las redes sociales, ya que son muchas las páginas que solicitan información sobre la edad del usuario.
  • Se simplifica la primera expedición del DNIe, ya que antes se exigía el certificado de empadronamiento y ahora servirá entregar el volante de empadronamiento, documento que es más fácil de obtener.
  • Modificaciones técnicas en la toma de impresiones dactilares: en los casos en que no puedan realizarse sobre los dedos índices, por mutilación o defecto físico, se sustituirán por otro.
  • Teniendo en cuenta que los cambios de fisonomía son muy rápidos, en los menores de cinco años el plazo de validez del DNIe pasa de cinco a dos años. Ello no supone ampliar las cargas administrativas para los ciudadanos puesto que se trata de expediciones voluntarias.
     

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