La Ley 5/1988, de 17 de octubre, de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, modificada por la Ley 8/2011, de 5 de diciembre, establece que la iniciativa popular se ejerce mediante la presentación de proposiciones de ley suscritas por las firmas de al menos 40.000 electores andaluces, autenticadas en la forma en que determina la propia ley, mencionando expresamente la posibilidad de recoger las declaraciones de apoyo con firma electrónica conforme a lo que se establezca reglamentariamente.