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Diez años del Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) al servicio de la cooperación para la administración digital

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08 enero 2020

Fruto de un esfuerzo colectivo y multidisciplinar liderado por el MPTFP-SGAD, el ENI ha supuesto un hito en la interoperabilidad en España y un referente para otros países. En 2020 se ha de mantener tanto el esfuerzo de implantación del ENI en un entorno cambiante y de transformación digital, pues contribuye a la fluidez de datos y servicios y, por tanto, a la cooperación entre las AA.PP., esencial para proporcionar los servicios a los ciudadanos y garantizarles sus derechos.

Hace diez años, se aprobaba el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regulaba el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica. Veintiún días después, el 29 de enero, se publicaba en el Boletín Oficial del Estado, BOE, estableciendo el conjunto de criterios y recomendaciones a ser tenidos en cuenta por las Administraciones Públicas para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad.

El ENI incluía en una disposición legal, de forma pionera en la Unión Europea, una colección de condiciones para facilitar la interoperabilidad organizativa, semántica y técnica necesarias para facilitar la cooperación de las administraciones públicas en la prestación de los servicios de administración digital, desde la perspectiva de articular de forma conjunta marco legal, cooperación y servicios.

Recogido posteriormente en la Ley 40/2015, que ha incluido la interoperabilidad entre los principios de actuación de las administraciones públicas, el ENI ha posicionado a nuestro país como un referente en materia de interoperabilidad, siendo el resultado de un esfuerzo colectivo, multidisciplinar y continuado de las Administraciones Públicas de España, con la colaboración del Sector Privado, que contribuyeron activamente a su elaboración y aplicación liderados por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública a través de la Secretaría General de Administración Digital, SGAD, (en 2010 cuando fue aprobado, Ministerio de la Presidencia).

Además, el ENI se reforzó con las Normas Técnicas de Interoperabilidad (12) que desarrollan aspectos técnicos en detalle, con el Esquema de Metadatos para la Gestión del Documento Electrónico (e-EMGDE) y con una extensa colección de guías aplicación y documentos de soporte interpretativo.

En la elaboración del ENI se tuvieron presentes las recomendaciones provenientes de la Unión Europea, y, por tanto, se ubica en el contexto europeo de políticas, actos, documentos y servicios en relación con la interoperabilidad; además, contempla de forma permanente la noción del enlace con los diversos instrumentos equivalentes del ámbito de la Unión Europea, sean redes de comunicaciones, servicios para la cooperación en interoperabilidad semántica o reutilización, o para el reconocimiento mutuo de la identidad y la firma electrónica. De hecho, la ficha de alineamiento de España con el Marco Europeo de Interoperabilidad (EIFv1, de 2010), de primavera de 2017, señalaba un alto nivel de alineamiento.

ENI, retos de interoperabilidad en el ámbito nacional y europeo

En este momento de aniversario la interoperabilidad, el ENI es un elemento indispensable y de criticidad creciente, más que nunca, para la cooperación, en nuestro ámbito nacional y con la Unión Europea, para la realización práctica de la administración digital. Es significativo el hecho de que la Ley 40/2015 haya incluido la interoperabilidad entre los principios de actuación de las Administraciones Públicas, que se relacionarán a través de medios electrónicos. Más las múltiples referencias del ENI realizadas en la Ley 39/2015. Forma parte así la interoperabilidad de la colección de aspectos que junto con la seguridad, la accesibilidad y la protección de datos personales han de considerarse desde la concepción de los servicios.

En consecuencia será necesario actualizar ciertos aspectos del ENI, así como algunas de sus normas técnicas de interoperabilidad, más la elaboración de nuevas normas, a la luz del contexto actual, de la experiencia acumulada, de las contribuciones de los actores interesados, de las necesidades detectadas y de los emergentes en materia de servicios, de forma que el Esquema pueda responder a los requisitos de la administración digital, ineludible y caracterizada por su alcance global y de evolución permanente, en nuestro país fuertemente descentralizado y en el contexto europeo que suscita retos para la interoperabilidad, en relación con múltiples cuestiones, como la identidad electrónica, la Pasarela digital Única de la UE, y la integración con componentes elementales de las infraestructuras de servicios digitales para el Mercado Interior, sin ánimo de exhaustividad.

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