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El Gobierno de Cantabria aprueba el decreto para la implantación definitiva de la administración electrónica

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11 diciembre 2014

El Gobierno regional ha aprobado el decreto que regula el régimen jurídico de la administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que supone su implantación definitiva en el seno de la Administración Autonómica y sus organismos públicos, lo que permitirá agilizar los trámites, dejar atrás el papel e implantar la facturación electrónica entre las empresas y proveedores.

El Gobierno ha aprobado una normativa que supone el impulso definitivo al desarrollo y a la generalización de la administración electrónica en Cantabria, que agilizará los trámites administrativos, dejará atrás el papel en el funcionamiento interno y en las relaciones con el ciudadano, e implantará la facturación electrónica entre las empresas y proveedores del Gobierno regional.

El reglamento unifica además en un único texto todo el régimen jurídico relacionado con la administración electrónica, recogiendo los aspectos regulados por el decreto 37/2012, como son el registro, las comunicaciones electrónicas y la sede electrónica de la Administración Autonómica y sus organismos públicos.

Como novedad, se procede a regular los sistemas de firma y certificados electrónicos admitidos para ciudadanos y funcionarios públicos, el tablón de anuncios electrónico, el documento y la tramitación electrónica.

El Ejecutivo fomenta así la utilización de medios electrónicos en la gestión de su actividad administrativa, en las comunicaciones, relaciones, trámites y prestaciones de servicios con los ciudadanos y en sus comunicaciones internas.

Con este nuevo reglamento se reduce nuevamente la documentación requerida a ciudadanos y empresas, mediante su sustitución por el acceso electrónico a la información, transmisiones de datos o emisión de certificaciones electrónicas.

Del mismo modo, el Gobierno pone en marcha un nuevo instrumento de participación, transparencia e información al ciudadano, que además posibilitará la reducción de plazos y tiempos de respuesta, dada la racionalización que producirá la nueva distribución de las cargas de trabajo y de las comunicaciones internas.

En esta línea, se fomentará la participación ciudadana por medios electrónicos y, en particular, en los trámites de información pública y audiencia durante el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales, que podrán realizarse de forma complementaria mediante el empleo de sistemas electrónicos accesibles a través de la sede electrónica.

Además de poder iniciar un procedimiento de forma electrónica, los ciudadanos podrán consultar el estado de tramitación del mismo, previa identificación, con indicación del contenido de los actos de trámite y la fecha en la fueron dictados por los órganos de la administración. El decreto regula la instrucción y terminación de los procedimientos, así como el desistimiento y renuncia.

En el ámbito de la utilización de medios electrónicos, el decreto dispone que será obligatorio tramitar un determinado procedimiento administrativo por medios electrónicos o comunicarse con la administración utilizando este sistema en aquellos supuestos en donde los interesados se correspondan con personas o entidades que por razón de su capacidad económica y técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos. El alcance de este principio deberá de regularse y justificarse mediante orden del consejero competente en razón del procedimiento o materia.

Adicionalmente, se recoge que el Gobierno colaborará con las entidades locales para el desarrollo del uso de los medios electrónicos y la coordinación de las medidas que fomenten su utilización en este ámbito.

Se hace una especial referencia a la puesta en marcha de la plataforma de facturación electrónica, cuyo régimen jurídico se desarrollará posteriormente para determinar las condiciones técnicas de expedición y remisión de facturas electrónicas, un sistema con el que se pretende un ahorro para las empresas y el sector público y agilizar el pago a los proveedores.

El uso de los medios electrónicos en la actividad administrativa se ajustará a lo establecido en los Esquemas Nacional de Interoperabilidad y Seguridad y a lo dispuesto en la Ley básica 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Con la aprobación de este decreto, el Gobierno pone en marcha una nueva medida para reducir cargas administrativas a ciudadanos y empresas, y eliminar los obstáculos que impidan el desarrollo de la iniciativa empresarial, dinamizar la actividad comercial e impulsar el crecimiento económico y el empleo.

Esta nueva iniciativa se suma a otros proyectos regionales impulsados por el Gobierno de Cantabria, como la ampliación de las actividades acogidas a las licencias exprés para la apertura de establecimientos comerciales; el arranque de la sede y el registro electrónico en 2012; la normativa que simplificó las exigencias de documentación al ciudadano, que datan también de ese año; y la revisión anual de los procedimientos más habituales para reducir y agilizar los actos administrativos.

Todo ello forma parte de la Estrategia de Mejora de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (2013-2015).

Cuando finalice en 2015 el despliegue de esa estrategia de simplificación administrativa, eliminación de cargas y dinamización de la economía, se habrá ahorrado anualmente a las empresas y ciudadanos más de 27 millones de euros.

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