El Real Decreto 1112/2018 sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones móviles del sector público establece el marco para que las entidades obligadas realicen revisiones de accesibilidad, las cuales deben abarcar todos los requisitos exigidos y tener en consideración tanto aspectos de revisión automática como aspectos de revisión manual experta. Estas revisiones deben respetar las condiciones mínimas exigidas para las revisiones en profundidad establecidas por la Comisión Europea en la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1524.
La primera revisión de accesibilidad debe haberse realizado, en el caso de los sitios web antes de 20 de septiembre de 2020 y, en el caso de las aplicaciones para dispositivos móviles antes del 20 de septiembre de 2021.
Estas revisiones deben realizarse tanto en la fase de diseño de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles como antes de su puesta en funcionamiento. Una vez puesto en funcionamiento, las revisiones deben ser periódicas con el fin de garantizar el mantenimiento de su cumplimiento a lo largo del tiempo, con un periodo máximo de validez de 3 años (establecido por la metodología europea) si bien se recomienda especialmente realizar una revisión de la accesibilidad si se realizan cambios sustanciales.
El resultado de estas revisiones debe quedar recogido en un Informe de revisión de la accesibilidad, que la Unidad Responsable de Accesibilidad debe incluirlo en el Informe anual de seguimiento sobre cumplimiento de accesibilidad, que debe presentar al órgano responsable de seguimiento y presentación de informes ante la Comisión Europea, esto es al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (competencias transferidas desde el Ministerio de Política Territorial y Función Pública).
En este contexto, el Observatorio de Accesibilidad Web hace público la propuesta del documento Informe de revisión de la accesibilidad , que será el modelo que las entidades obligadas deberán rellenar para reflejar los resultados de las revisiones de accesibilidad. Para la definición de la versión definitiva se quiere contar con la participación de todos los actores involucrados al respecto:
- Las administraciones públicas: a través de la Red de Contactos de Accesibilidad Digital, el Grupo de Trabajo de "Accesibilidad Digital en las AAPP" del Comité de Dirección TIC, el Grupo de Trabajo "Observatorio, Indicadores y Medidas" de la Comisión Sectorial de Administración Electrónica y cualquier entidad obligada por el Real Decreto que quiera enviar directamente sus comentarios.
- Asociaciones de personas con discapacidad.
- Sector empresarial involucrado en la accesibilidad digital.
- Cualquier otro actor a título particular que desee participar.
Animamos a que todas las personas interesadas envíen sus comentarios a través de los cauces oficiales que se les hayan podido comunicar o/y a través del foro de debate Informe revisión accesibilidad habilitado al respecto. El plazo de recepción de comentarios estará abierto hasta el 15 de mayo de 2020.
El documento se ha creado y testeado utilizando el paquete ofimático gratuito LibreOffice 6.3.4.2. Por esta razón, el documento se comparte en formato ODS. Adicionalmente se ofrece una versión para Microsoft Excel, que no ha sido testeada ni está plenamente operativa, por lo que se recomienda el uso de la versión ODS.
- Borrador Informe de revisión de la accesibilidad (ODS 153 KB)
- Borrador Informe de revisión de la accesibilidad (XLSX 556 KB)