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El Centro Criptológico Nacional habilita un servicio de consultas para atender las dudas relacionadas con la trasposición de la Directiva NIS2

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05 agosto 2024

El objetivo de este nuevo servicio es ayudar a las entidades a cumplir con las medidas técnicas, operativas y de organización de la NIS2 y acompañarlas en este proceso para lograr una adecuada gestión de riesgos de ciberseguridad.

El Centro Criptológico Nacional (CCN) del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) ha habilitado un nuevo servicio(Abre en nueva ventana) para atender las dudas relacionadas con la trasposición de la Directiva NIS2 al ordenamiento jurídico español. El objetivo de este nuevo servicio es colaborar y ayudar a las entidades implicadas en el cumplimiento de las medidas técnicas, operativas y de organización de la NIS2 para una adecuada gestión de riesgos de ciberseguridad.

Para ello, ha abierto un buzón de consultas de correo electrónico al que podrán dirigirse las entidades que se encuentran dentro del alcance de la Directiva 2022/2555 del Parlamento Europeo y del Consejo . A través de la dirección nis2@ccn-cert.cni.es el CCN ofrecerá respuestas a todas las preguntas sobre esta materia.

También ha publicado una nueva sección en su página web(Abre en nueva ventana) desde la que ya se puede descargar material didáctico sobre la NIS2 y consultar el conjunto de preguntas frecuentes(también conocido como FAQ, Frequently Asked Questions) que el CCN ha recopilado para facilitar la comprensión de esta normativa europea, destinada a garantizar un elevado nivel común de ciberseguridad en toda la UE.

La Directiva NIS2 es la legislación en materia de ciberseguridad adoptada para toda la Unión Europea. Proporciona medidas legales para impulsar el nivel general de ciberseguridad en la UE y la resiliencia de las infraestructuras críticas y de los servicios digitales en Europa. Establece así obligaciones de ciberseguridad, de supervisión y ejecución para los Estados miembros, medidas para la gestión de riesgos de ciberseguridad, y obligaciones de notificación para las entidades en su ámbito de aplicación (recogidas en los Anexos I y II) y relativas al intercambio de información sobre ciberseguridad.

Esta directiva entró en vigor en enero de 2023 y debe ser traspuesta antes del 17 de octubre de 2024. Dado que los Estados miembros están llevando a cabo actualmente los procesos de trasposición nacional, es importante abordar de manera más sistemática los desafíos identificados hasta ahora en relación con la interpretación de la Directiva NIS2. Este es, precisamente, el objetivo del nuevo servicio del CCN que atenderá todas las consultas para facilitar el cumplimiento de esta nueva normativa y para acompañar a las entidades involucradas en este proceso.

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