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Publicación de borradores de guías para adaptación a las disposiciones del Real Decreto 1495/2011.

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20 abril 2012

El RD 1495/2011, de 24 de octubre, de desarrollo de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, establece el plazo de un año de adaptación al mismo desde su entrada en vigor el 9 de Noviembre de 2011. Con el objetivo de facilitar esta adaptación a las entidades que les es de aplicación la norma, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, han elaborado dos guías que ahora son publicadas en borrador.

Publicación de borradores de guías para adaptación a las disposiciones del Real Decreto 1495/2011.

El Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, para el ámbito del sector público estatal, establece en su Disposición Adicional Segunda el plazo de un año de adaptación al mismo desde su entrada en vigor el 9 de Noviembre de 2011. Con el objetivo de facilitar esta adaptación a las entidades que les es de aplicación la norma, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, han elaborado dos guías que ahora son publicadas en borrador.

La “ Guía de aplicación del Real Decreto 1495/2011(Abre en nueva ventana) ” tiene como objetivo informar y facilitar a los organismos del sector público estatal el cumplimiento del Real Decreto 1495/2011 por el que se desarrolla de la Ley 37/2007, de forma que puedan realizar adecuadamente las adaptaciones y tareas de mantenimiento necesarias en sus sistemas de información y sitios web. La guía describe tanto los pasos a seguir como los modelos o herramientas a emplear, así como una propuesta de esquema organizativo que apoye y dé soporte a la publicación y puesta a disposición de la información del Sector Público. La guía se complementará con la futura Norma Técnica de Interoperabilidad de Reutilización de la Información del Sector Público prevista en el Real Decreto, a cuyo borrador hace referencia de modo explícito en aquellos aspectos necesarios.

Por su parte, la “ Guía de funcionamiento, mantenimiento y actualización del catálogo de información pública datos.gob.es(Abre en nueva ventana) ” tiene un doble objetivo: por un lado informar a los organismos del sector público estatal de los pasos a seguir y herramientas a emplear, para la catalogación de sus conjuntos de datos a través del portal web del Catálogo de Información Pública datos.gob.es(Abre en nueva ventana) , y por otro lado informar a empresas y ciudadanía en general de los pasos a seguir y herramientas del portal para buscar, consultar y acceder a los conjuntos de datos expuestos, así como para la catalogación de aplicaciones que hagan uso de ellos.

Ambos documentos serán presentados a la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica, y pretenden ser una ayuda para los gestores públicos a la hora de afrontar la adaptación a la nueva norma, que consagra el principio de autorización generalizada de reutilización de la información del sector público puesta a disposición de ciudadanos y empresas.

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