El Acuerdo de Asociación Europea de Personas con Discapacidad (AAE) supone un avance para reducir las barreras que enfrentan a diario las personas con discapacidad. Facilita su plena participación en la sociedad, por ejemplo, en el ámbito laboral, al facilitar el acceso a equipos informáticos y el uso de tecnologías de asistencia. También contribuirá a una mayor movilidad, ya que el nivel de accesibilidad será similar en toda la UE.
La Ley Europea de Accesibilidad establece requisitos comunes de accesibilidad en toda la UE para determinados productos y servicios, desde un tamaño de fuente adecuado hasta funciones de conversión de texto a voz en terminales de pago de autoservicio, lectores electrónicos, teléfonos inteligentes, etc. Esto simplificará las normas para los operadores económicos, que hasta ahora se han enfrentado a requisitos de accesibilidad divergentes y, a menudo, contradictorios entre fronteras. La Comisión apoya a los Estados miembros mediante reuniones periódicas con los puntos de contacto nacionales, incluso para abordar cuestiones específicas de cada país.
El contexto de la Ley
La Ley Europea de Accesibilidad es una directiva que tiene como objetivo mejorar el funcionamiento del mercado interior de productos y servicios accesibles, eliminando las barreras creadas por las normas divergentes en los Estados miembros.
Las empresas se beneficiarán de:
- Normas comunes sobre accesibilidad en la UE que conduzcan a una reducción de costes
- comercio transfronterizo más fácil
- más oportunidades de mercado para sus productos y servicios accesibles
Las personas con discapacidad y las personas mayores se beneficiarán de:
- productos y servicios más accesibles en el mercado
- productos y servicios accesibles a precios más competitivos
- Menos barreras para acceder al transporte, la educación y el mercado laboral abierto
- Más empleos disponibles donde se necesita experiencia en accesibilidad
Productos y servicios cubiertos
La Ley Europea de Accesibilidad cubre los productos y servicios que han sido identificados como los más importantes para las personas con discapacidad, aunque es más probable que tengan requisitos de accesibilidad divergentes en los distintos países de la UE.
La Comisión consultó a las partes interesadas y a expertos en accesibilidad y tuvo en cuenta las obligaciones derivadas de la Convención de las Naciones Unidas sobre las Personas con Discapacidad. Estos productos y servicios incluyen:
- computadoras y sistemas operativos
- Cajeros automáticos, máquinas de venta de billetes y facturación
- teléfonos inteligentes
- Equipos de televisión relacionados con los servicios de televisión digital
- servicios de telefonía y equipos relacionados
- acceso a servicios de medios audiovisuales, como transmisiones televisivas y equipos de consumo relacionados
- servicios relacionados con el transporte de pasajeros por aire, autobús, ferrocarril y vías navegables
- servicios bancarios
- libros electrónicos
- comercio electrónico
Documentos preparatorios
- El informe de evaluación de impacto , que se apoya en estudios que abordan la situación legislativa de la UE en materia de accesibilidad y el análisis del impacto en el mercado de los productos y servicios pertinentes .
- El resumen ejecutivo de la evaluación de impacto y sus anexos
- Resultados de las consultas a las partes interesadas: consulta pública general , consulta específica con las PYME