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La Ley de Resiliencia Operativa Digital ya es vinculante para todas las entidades financieras de la UE

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20 enero 2025

El marco regulatorio de la Ley de Resiliencia Operativa Digital (DORA) entró en vigor el 16 de enero de 2023 y las entidades financieras tuvieron hasta el pasado viernes (17 de enero) para desplegarlo e implementarlo en su totalidad.

DORA es un marco regulatorio armonizado y completo sobre resiliencia operativa digital. La regulación está diseñada para fortalecer la resiliencia operativa digital y la supervisión de los proveedores críticos de TIC externos (CTPP).

En junio de 2024, la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad(Abre en nueva ventana) (ENISA) firmó un memorando de entendimiento multilateral con las Autoridades Europeas de Supervisión (ABE, EIOPA y ESMA, las ESA) para reforzar la cooperación y el intercambio de información sobre tareas de interés mutuo, incluida la implementación de políticas. Este acuerdo también ayudará a respaldar la convergencia y la coherencia regulatorias entre los Estados miembros para reforzar la resiliencia en materia de ciberseguridad necesaria para servicios tan esenciales como las entidades financieras.

¿Por qué se necesita DORA?

El sector financiero depende cada vez más de la tecnología y de las empresas tecnológicas para prestar servicios financieros. Esto hace que las entidades financieras sean vulnerables a ciberataques o incidentes.

Cuando no se gestionan adecuadamente, los riesgos relacionados con las TIC pueden dar lugar a perturbaciones de los servicios financieros que se ofrecen a través de las fronteras. Esto, a su vez, puede tener un impacto en otras empresas, sectores e incluso en el resto de la economía, lo que subraya la importancia de la resiliencia operativa digital del sector financiero.

¿Qué cubre?

Gestión del riesgo relacionado con las TIC Gestión de riesgos de terceros relacionados con las TIC Pruebas de resiliencia operativa digital
Principios y requisitos sobre el marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC Monitoreo de proveedores de riesgo de terceros
Disposiciones contractuales clave
Pruebas básicas y avanzadas
Incidentes relacionados con las TIC Intercambio de información Supervisión de proveedores terceros críticos
Requisitos generales
Notificación de incidentes graves relacionados con las TIC a las autoridades competentes
Intercambio de información e inteligencia sobre ciberamenazas Marco de supervisión para proveedores terceros esenciales de TIC
 

Información del reglamento DORA para las entidades supervisadas por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

En este apartado encontrará la información del Reglamento específica de la DGSFP:

  • Notificación de ciberincidentes graves o ciberamenazas importantes (artículo 19).
    En la Sede Electrónica está disponible el procedimiento Tel242, aquí(Abre en nueva ventana) .
  • Comunicación anual de proveedores y acuerdos relativos al uso de servicios de TIC (artículo 28).
    En breve se habilitará un procedimiento en la Sede Electrónica(Abre en nueva ventana)  del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa (MINECO) y se indicará el plazo de presentación dentro del primer trimestre de 2025.

El MINECO ha puesto al servisio del ciudadano un correo para resolver sus dudas acerca del Reglamento y su aplicación: 

Fuente original de la noticia(Abre en nueva ventana)
  • Seguridad y Protección de Datos