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Los nuevos derechos electrónicos y las garantías sobre su ejercicio

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El reconocimiento de derechos de los ciudadanos en sus relaciones electrónicas con las Administraciones Públicas por parte de la Ley 11/2007, tiene como contrapartida para éstas la obligación de habilitar los mecanismos, de diversa índole, que garanticen el ejercicio efectivo y seguro de tales derechos, y generen confianza en las personas físicas y jurídicas que se relacionan con las distintas Administraciones

Línea 1: Servicios para los usuarios

Viernes, 9 de abril - Sesión 13 - 9:30 - 11:30 - Auditorio

El reconocimiento de derechos de los ciudadanos en sus relaciones electrónicas con las Administraciones Públicas por parte de la Ley 11/2007, tiene como contrapartida para éstas la obligación de habilitar los mecanismos, de diversa índole, que garanticen el ejercicio efectivo y seguro de tales derechos, y generen confianza en las personas físicas y jurídicas que se relacionan con las distintas Administraciones.

Esta novedosa situación está provocando una nueva dinámica que obliga a precisar y distinguir las múltiples facultades que se derivan de tal reconocimiento y que obligan a precisar su alcance y contenido: derecho a relacionarse electrónicamente en todos tipo de actuaciones y procedimientos, salvo en aquellos en que por sus características sea necesaria la presencia física de la persona; derecho a la protección de datos de carácter personal generados con ocasión del empleo de comunicaciones electrónicas; derecho a la información por medios electrónicos sobre todas aquellas materias en que las Administraciones públicas estén obligadas a informar; derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad; derecho a la no discriminación por el uso o no de medios electrónicos, entre otros.

La adecuada plasmación de estas garantías es el sustrato necesario para lograr la utilización generalizada por los ciudadanos de los servicios públicos por medios electrónicos, cuyo éxito constituirá, a su vez, un incentivo para que los ciudadanos se incorporen en mayor medida a la sociedad de la información y evitar la llamada brecha digital. Ver más(Abre en nueva ventana)

Moderador:

D. Tomás de la Quadra-Salcedo Fernández del Castillo. Catedrático de Derecho Administrativo, Universidad Carlos III de Madrid

Ponentes:

  • D. Artemi Rallo Lombarte. Director de la Agencia Española de Protección de Datos, Ministerio de Justicia
  • D. Maximino Linares Gil. Director del Servicio Jurídico, Agencia Estatal de Administración Tributaria, Ministerio de Economía y Hacienda
  • D. Eduardo Gamero Casado. Catedrático de Derecho, Universidad Pablo Olavide de Sevilla
  • D. Bernardo Hernández Bataller. Vocal Titular, Consejo de Consumidores y Usuarios
  • D. Manuel Fernández Salmerón. Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Murcia


Resumen de la sesión(Abre en nueva ventana)