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CTT - Centro de Transferencia de Tecnología

Política de Firma Electrónica y de Certificados

  • Nombre Abreviado :
    Política de Firma
    Accesos Directos :
    Norma Técnica de Interoperabilidad de Política de Firma Electrónica (Abre en nueva ventana) , Sede electrónica (Abre en nueva ventana)
    Resumen :
    Define un modelo de esquema de referencia para la identificación y autenticación electrónica, recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Destinatarios :
    Cualquier Administración Pública
    Organismos Responsables :
    Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
    Secretaria de Estado de Función Pública
    Secretaría General de Administración Digital
    Contacto :

    eni.minhap@correo.gob.es

    Tipo de Solución :
    Regulación
    Estado de la Solución :
    Producción
    Área orgánica :
    Estatal
    Área técnica :
    Normalización y regulación
    Área funcional :
    Gobierno y Sector Público , Documentos Personales
    Licencia :
    No aplica
    Nivel Interoperabilidad :
    Legal

    Descripción

    La política de firma electrónica y certificados en el ámbito de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos, según se establece en la Ley 39/2015, está constituida por las directrices y normas técnicas aplicables a la utilización de certificados y firma electrónica dentro de su ámbito de aplicación. El artículo 18 del Real Decreto 4/2010 por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad, establece que la política de firma electrónica y de certificados de la Administración General del Estado, servirá de marco general de interoperabilidad para la autenticación y el reconocimiento mutuo de firmas electrónicas dentro de su ámbito de actuación. También establece que dicha política podrá ser utilizada como referencia por otras Administraciones públicas para definir las políticas de certificados y firmas a reconocer dentro de sus ámbitos competenciales.

    En términos generales una política de firma electrónica contiene una serie de normas relativas a la firma electrónica, organizadas alrededor de los conceptos de generación y validación de firma, en un contexto particular (contractual, jurídico, legal), definiendo las reglas y obligaciones de todos los actores involucrados en dicho proceso. El objetivo de este proceso es determinar la validez de la firma electrónica para una transacción en particular, especificando la información que debiera incluir el firmante en el proceso de generación de la firma, y la información que debiera comprobar el verificador en el proceso de validación de la misma.

    Objetivo

    La política de firma de Documentos Electrónicos Administrativos representa el conjunto de criterios comunes por la administración en relación con la firma electrónica.

    • Incluye las normas relativas a la firma electrónica, organizadas alrededor de los conceptos de generación y validación de firma.
    • Incluye los perfiles interoperables de los medios de identificación de las AAPP de la Ley 40/2015: los certificados de sede, sello electrónico y empleado público
    • Asociada a un contexto dado, que es la firma de Documentos Electrónicos Administrativos.
    • Permite reforzar la confianza en las transacciones electrónicas.
    • Define las reglas y obligaciones de todos los actores involucrados en un proceso de firma.
    • Permite determinar la validez de la firma electrónica para una transacción en particular.
    La primera versión, 1.8, se aprobó por la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica el 25/10/2010.
     

    La versión 1.9 se aprobó por la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica el 30/05/2012 y se publicó en el Boletín Oficial del Estado núm. 299 de 13 de diciembre , mediante la Resolución de 29 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de aprobación de la Política de Firma Electrónica y de Certificados de la Administración General del Estado y se anuncia su publicación en la sede correspondiente.

    En la dirección " https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/LaSedePAG/PoliticaFirmaElectronicaYCertificadosAGE.html(Abre en nueva ventana) " encontrarán el punto de acceso general dónde pueden encontrar el texto completo de la Política de Firma de la AGE, versión 1.9 , y los Perfiles de certificados versión 1.XXX ."

     

    Noticias

    10 de marzo de 2014

    La Xunta de Galicia aprueba la política de firma electrónica y de certificados Desplegar acordeon

    La Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia de la Xunta de Galicia ha publicado una resolución con fecha de 25 de febrero de 2014 por la que se aprueba la política de firma electrónica y de certificados de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.
    Por la resolución se adopta como política de firma electrónica y de certificados de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia la política de firma electrónica y de certificados de la Administración general del Estado con algunas especificidades que se indican en el texto de la resolución.

    http://www.xunta.es/dog/Publicados/2014/20140305/AnuncioG0177-250214-0001_es.html

    11 de abril de 2013

    Lista de correo para novedades sobre la política de firma electrónica Desplegar acordeon

    Se ha creado una lista de correo para aquellos organismos que deseen mantenerse informados sobre las publicaciones de documentos relacionados con la política de firma electrónica y certificados.

    Se recomienda suscribirse a aquellos organismos que se adhieran a la Política de Firma General, acorde al apartado II.5.1 de la Norma Técnica de Interoperabilidad de Política de Firma Electrónica. De esta forma podrán conocer, en el momento de su publicación, las novedades en la política, como son la publicación de los ficheros de implementación, guías, o nuevas versiones de las políticas en caso de que se publiquen.

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