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Cambios en Plataforma @firma asociados al reglamento eIDAS

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18 marzo 2016

La plataforma @firma incorpora los cambios necesarios para dar cumplimiento a la entrada en vigor del reglamento eIDAS, el 1 de Julio de 2016

A raíz de la entrada en vigor del reglamento eIDAS, el próximo 1 de Julio del presente año (2016), se contemplan diferentes cambios que afectan a los servicios de firma e identificación. La plataforma @firma del MINHAP, como proveedor de servicios de firma e identificación ha incorporado dichos cambios para dar cumplimiento a la nueva normativa, de tal forma que se minimiza el impacto a las aplicaciones usuarias. Pueden consultar el detalle de los cambios en el documento " Cambios asociados al reglamento eIDAS ", que se mantendrá actualizado en el área de descargas del CTT de la Plataforma @firma .

Los principales aspectos se resumen a continuación:

Servicios de firma:

a) La Plataforma @firma pasará de validar los certificados españoles y algunos europeos a validar la totalidad de los certificados europeos incluidos en las respectivas TSLs.

b) Con la entrada en vigor del citado reglamento, desaparecen las tipologías de certificados existentes de la Ley 59/2003 (persona física, persona jurídica, entidad sin personalidad jurídica,…), sustituyéndose por las nuevas recogidas en el eIDAS (firma, sello, autenticación web). Se ha adaptado la plataforma para que los cambios afecten lo menos posible a las aplicaciones. Pueden consultar la estimación prevista de las clasificaciones en el documento.


Servicios de identidad:

a)  En cuanto a la función de @firma como proveedor de identidad, la entrada en vigor del eIDAS no afecta a los certificados emitidos por Prestadores de Servicios de Certificación españoles reconocidos por el Ministerio de Industria y dados de alta en @firma. Se seguirán devolviendo los datos de identidad (Nombre, Apellidos y DNI), que coincidirán con los obtenidos a través de Cl@ve. No se podrá obtener la identidad a partir de la información incluida en los certificados  emitidos por Prestadores de Certificación europeos.

b)   A raíz de la modificación del RD 1671/2009, así como de próxima entrada en vigor de la ley 40/2015, se incluye la posibilidad de emitir certificados de empleado público con seudónimo. El eIDAS también contempla que el certificado lleve un seudónimo.

La información arriba indicada se trata de un resumen. Es importante resaltar que únicamente se verá afectada la clasificación de los certificados, y se mantiene la compatibilidad con las clasificaciones previas al eIDAS. En ningún caso existirán problemas en la validación de los certificados.

  • Identidad y Firma electrónica
  • Seguridad y Protección de Datos
  • Infraestructuras y servicios comunes