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Publicada la directiva de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones móviles del sector público

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02 diciembre 2016

En los próximos 21 meses se deberá trasponer a la legislación española y vendrá a sustituir y mejorar las condiciones ya exigidas a los portales de las administraciones públicas en el Real Decreto 1494/2007

Se ha publicado en el Boletín oficial de la Unión Europea la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público(Abre en nueva ventana)

Tras el acuerdo político alcanzado el pasado mes de mayo por Comisión Europea, Parlamento Europeo y Consejo europeo (estados miembros) se publica esta directiva que entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el DOUE.

La Directiva cubrirá todos los sitios web y aplicaciones móviles del sector público, desde los de las administraciones, tribunales y servicios de policía a los de los hospitales, universidades y bibliotecas públicas, y hará que sean accesibles a todos los ciudadanos, especialmente a aquellos con dificultades auditivas, visuales o funcionales.

En los próximos 21 meses se deberá trasponer a la legislación española y vendrá a sustituir y mejorar las condiciones ya exigidas a los portales de las administraciones públicas en el Real Decreto 1494/2007(Abre en nueva ventana) , es decir, que todos los portales cumplan los requisitos de prioridad 1 y 2 de la norma UNE 139803:2012 (equivalente a nivel AA en WCAG 2.0).

Algunos aspectos destacables con respecto a las exigencias actuales en España son:

  • La inclusión de las aplicaciones móviles desarrolladas por las Administraciones Públicas.
  • La inclusión de intranets o extranets nuevas o que se renueven sustancialmente.
  • En cada portal deberá existir una declaración de accesibilidad, un mecanismo para reportar errores y solicitar a demanda contenidos no accesibles.
  • Cada Estado Miembro deberá definir un mecanismo de supervisión y organismo encargado de ello.
  • Se realizarán reportes públicos a la Comisión Europea cada 3 años del estado de aplicación de la directiva.

Las normas establecidas entrarán en vigor para los portales nuevos 12 meses después de la trasposición, para el resto de portales 24 meses después de la trasposición y para las aplicaciones móviles 33 meses después de la trasposición.

En los próximos 24 meses, según establece la propia directiva, los estados miembros deberán ponerse de acuerdo y definir la metodología de monitorización y reporte, los modelos de declaración de accesibilidad y unas especificaciones técnicas comunes para el ámbito de las aplicaciones móviles.

Más información sobre accesibilidad TIC en las administraciones públicas españolas.

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