En esta resolución se establecen las condiciones técnicas normalizadas en materia de flujos de estados de las facturas electrónicas y en materia de interfaz de servicios web que deben reunir los puntos generales de entrada de facturas electrónicas de las Administraciones Públicas a las que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
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